CÓMO ACTUAR CUANDO DAÑAN NUESTRAS TABLAS EN EL AVIÓN

Viajar es un placer. El surf nos hace conocer lugares, culturas y olas diferentes. Pero existe una cosa que puede darnos quebraderos de cabeza: nuestras tablas de surf en el avión. Y, no sólo por la lucha que puede llegar a suponer el pago del “equipaje especial” o porque lleguen a la vez que lo haces tú, sino porque lleguen enteras y sin golpes.

Si bien es cierto que a base de reclamaciones e indemnizaciones las compañías se toman más precauciones a la hora de cargar las tablas en los aviones, aún estamos lejos del ideal.

Hoy, queremos hacer una revisión general del procedimiento a seguir para llevar nuestra tabla en el avión y reclamar a la compañía en caso de que fuese necesario.

“Equipaje especial”

Con el nombre de equipaje especial, se denominan todos aquellos bienes que por sus dimensiones u otra serie de características se deben transportar de un modo diferente. Esto significa que no se pueden guardar en una maleta o mochila comunes, tanto facturando como si no se realiza esta gestión.  

Cuando vamos a viajar con nuestras tablas, debemos facturarlas como si fuesen “equipaje especial” y en la mayoría de las compañías, debemos pagar por ellas, incluido un extra si nuestro boardbag pesa más de lo permitido. En general, la tasa se sitúa entre los 40-100€, pudiendo aplicarse cargos por exceso de peso.

A modo general, solo está permitido un bulto por equipaje especial facturado. Y, el peso máximo del equipaje especial suele situarse entre los 25-30 kg, con una altura de 2-2.70 m.

En vuelos de largo recorrido (América, Asia, Oceanía y Sudáfrica), en general se considera como una pieza transportable dentro de la franquicia del pasajero, y por ello, no deberás pagar una tasa extra por transportar la tabla.

Una vez facturado, en la mayoría de aeropuertos existen cintas especiales tanto para dejar como para recoger este tipo de equipaje… Pero, ¿es cierto que lo tratan como “especial?

Foto: Todosurf

Cómo actuar en caso de daños

Dado que no existe una regulación específica para el caso de los equipajes especiales en avión, es necesario consultar previamente las condiciones que establece cada compañía aérea.

Una vez que lleguemos a nuestro destino, lo primero que debemos hacer es abrir nuestro boarbag en el aeropuerto y comprobar si nuestra tabla está en el mismo estado.

Es importante hacerlo nada más llegar ya que, en el caso de poner una reclamación, debemos hacerlo cuanto antes. Hay compañías que no aceptan reclamaciones pasados 3 días.

Si nuestro equipaje está dañado, debemos presentarlo en el aeropuerto a la compañía que nos corresponde, junto con las etiquetas del equipaje y nuestra documentación. Allí se nos proporcionará un Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR). ¡Es muy importante guardar bien este documento!

Una vez obtenido el PIR, en la mayoría de casos debemos rellenar un formulario (o bien online o bien en el aeropuerto) que será diferente para cada compañía. Y entregarlo en el mismo aeropuerto o a través de la web de la compañía.

La OCU, defendiendo tus derechos

Si tu reclamación tarda mucho tiempo o no es contestada, los consumidores podemos acudir a la OCU, la organización que defiende los derechos del consumidor.

Esta plataforma permite a los socios enviar una reclamación no oficial directamente a la empresa vía email. Si la empresa no contesta o su respuesta no es satisfactoria, OCU ofrece a sus socios suscriptores la ayuda de un abogado de forma gratuita.

Los usuarios pueden escribir y enviar una reclamación a través de la página web y hacerla pública si lo desean. Es importante no incluir datos personales o sensibles en el cuerpo del email de respuesta a la reclamación.

Ten en cuenta que si respondes a una queja pública, tu respuesta también lo será.

Para pedir una indemnización, es necesario que puedas demostrar la pérdida económica que te ha supuesto el retraso de tu equipaje (gastos que te has visto obligado a hacer, como por ejemplo comprar cosas que necesitabas urgentemente y que estaban en tu maleta) o su pérdida (puedes probar el valor de tus pertenencias con facturas, tiques de compra, etc.).  

Si antes de volar hiciste una declaración del valor de tu equipaje, podrás exigir una indemnización máxima con ese valor. Si no hiciste declaración, el máximo que podrás pedir son 1.200 euros.

Si deseas enviar un escrito en estas condiciones, consulta aquí el modelo proporcionado por la OCU y envíalo a la compañía correspondiente.

Surfer Rule
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Más que surf, olas gigantes y tendencias Surfer Rule, revista de referencia del surf y el snowboard en nuestro país desde 1990, promueve los valores, la cultura y las inquietudes de todos los que amamos los boardsports.

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